El 9 de febrero pasado, la Cámara de Diputados aprobó (con 472 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones) el artículo 216 bis de la Ley General de Salud en materia de regulación de ácidos grasos trans o grasas trans.
A partir del mes patrio, esta acción legal prohibirá los ácidos y grasas trans añadidos en productos comestibles. Estos no deberán contar con más del 2% de su contenido total de ácidos grasos.
Para septiembre, en México se prohibirá que los alimentos, bebidas, aceites y grasas comestibles tengan grasas trans.
Esto debido a un decreto aprobado a inicios de año que, de forma permanente, afectará la línea de producción de múltiples empresas en el país.
Sin embargo, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, este tipo de grasas empeora la salud de las personas y mata a más de 13.000 mexicanos al año y cerca de 500.000 personas en todo el mundo.
Qué alimentos y bebidas serán prohibidos?
“Los aceites y grasas comestibles, así como los alimentos y bebidas no alcohólicas, no podrán contener en su presentación para venta al público aceites parcialmente hidrogenados, conocidos como grasas trans, que hayan sido añadidos durante su proceso de elaboración industrial”, de acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Por lo tanto, los alimentos enlistados que serán prohibidos serán las papas procesadas, así como galletas, pasteles, helados, donas, pollo frito, pizzas congeladas, palomitas para microondas, botanas saladas, salsas y manteca vegetal.
En el caso de las bebidas, serán prohibidos los refrescos con estos añadidos, el café y té con crema, jugos artificiales, cócteles con crema sin alcohol, leches con alto contenido en grasas, bebidas hechas a partir de helado y las que tengan aceite de coco, así como aguas de sabores endulzadas con azúcar.
Con Información El País

